
LEY DE GRABADO DE PATENTES EN VIDRIOS Y ESPEJOS
Desde el 15 de mayo todos los vehículos motorizados que circulan en Chile deberán ya contar con el grabado de su placa patente en vidrios y espejos (Ley N° 21.601). El objetivo que persigue esta exigencia es disuadir el robo y la posterior comercialización de vehículos robados en el mercado ilegal, aportando así con la seguridad pública.
¿En qué consiste?
La ley exige que la placa patente sea grabada en vidrios y espejos laterales del vehículo. Esta acción debe ser realizada bajo estándares específicos que aseguren su legibilidad y durabilidad del grabado.
¿Por qué es importante?
Disuasión del robo: Un vehículo identificado visiblemente es menos atractivo para bandas delictuales.
Mayor control: Facilita el trabajo de las autoridades para el rastreo y recuperación de vehículos robados.
Compromiso ciudadano: Promueve la responsabilidad individual en la lucha contra estos actos delictuales.
¿Quiénes deben cumplirla?
Todos los propietarios de vehículos, nuevos o usados, están obligados a realizar este grabado dentro de los plazos establecidos por la normativa. No cumplir con esta obligación puede generar multas en caso de fiscalización.
Debe estar presente en al menos seis vidrios (laterales, luneta, parabrisa), además de los dos espejos laterales.
Grabado permanente, que haya implicado desgaste del vidrio, sin importar la técnica empleada (tallado, ácido, arenado, etc.)
Letra legible y normal (no cursiva o negrita), en mayúsculas.
El tamaño del grabado en vidrios debe ser entre 7 y 10 milímetros de altura, mientras que en espejos laterales entre 5 y 10 milímetros de altura.
Consecuencias del no cumplimiento del reglamento
Quienes no cumplan con esta norma, no podrán aprobar su revisión técnica, y en caso de fiscalización por parte de la autoridad, arriesgan una multa que va entre 1 y 1,5 UTM.
